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LOS SENSACIONALES CATEOS DE AYER
La autoridad militar en busca del Lic. Don Alfonso Cámara y Cámara.
Son cateadas su casa, la de su sra. madre, 7 más de la misma manzana y el templo de la Candelaria.
Huella de una mano misteriosa.
Completos detalles del suceso.
Poco después de las once y media de la mañana de ayer, la reunión de unos catorce coches de sitio y numeroso gentío aglomerado en la céntrica calle 62, en el tramo comprendido entre la 65 y la 67, frente a la “Lonja Meridana”, indicaba que algo extraordinario sucedía allí. Efectivamente: acababan de presentarse en la casa núm. 527 de esa calle, habitada por la honorable dama doña Candelaria Cámara, Vda. de Cámara, madre del señor Licenciado don Alfonso Cámara y Cámara, Presidente del “Centro Electoral Independiente del Estado”, los señores Coronel don José D. García, Juez Instructor Militar; Licenciado don Modesto I. Gamboa, Secretario del mismo; Licenciado don Ángel Salazar Arjona, Agente del Ministerio Público, y los testigos don Benigno Palma Moreno y don Antonio Quijano Polio, quienes fueron precedidos del Capitán del Cuerpo de Seguridad Pública Luís G. Quiñones y del Teniente Manuel Godoy, que comandaba un destacamento de diez gendarmes.
Una vez todos reunidos, procedieron a verificar un minucioso y detallado registro en la casa de referencia, habiendo sido guardado el zaguán de entrada de ella por el sargento José Abrego y el gendarme núm. 5.
También fueron guardadas las esquinas de las calles adyacentes. Varios de los gendarmes que entraron en casa de la señora Cámara, Vda. de Cámara, ocuparon las azoteas del edificio.
La mencionada dama acompañó a la autoridad durante el registro de las veinte habitaciones, dos bodegas y tres extensos patios de que consta la hermosa casa, habiendo comenzado tal registro por dos carruajes que en el zaguán se encontraban.
Mientras se practicaba el cateo, se decía por fuera en público, que hacía ocho días se habían presentado dos agentes de la autoridad solicitando del señor Licenciado Cámara y Cámara, a lo que la señora madre de éste contestó que no estaba en la casa y que los invitaba a que pasaran al interior del edificio, lo que no verificaron. Se añadía en público que tal pregunta la hicieron los gendarmes, porque en la pared, cerca de la puerta, se veía señalada claramente la huella de una mano. La huella existe realmente, de color chocolate; pero no es posible asegurar que sea cierto o no lo que en público se decía a ese respecto.
A la una y cuarto de la tarde se dieron por terminadas las diligencias, y todos se retiraron, a excepción de los dos gendarmes que, como hemos dicho, guardaban la entrada de la casa de la señora Cámara y los que vigilaban las esquinas, marcando el alto a los transeúntes mientras duraban las mencionadas diligencias. Pero al poco rato, cuando ya el público curioso creía que todo había terminado, se presentó nuevamente el Juzgado y procedió a practicar un cateo en la casa contigua, marcada con el núm. 529, habitación de las señoritas Hübbe. De allí regresó el Juzgado y entró en la casa núm. 525, del señor Diputado Licenciado don Pedro Peniche López, de donde se trasladó a la núm. 531, habitada por el señor Andrés Calero, en compañía de su familia.
En dicha casa estaba el Juzgado, cuando se presentó el Capitán Generoso Martín, comandando otros diez gendarmes, los que ordenó reforzasen a los que guardaban las esquinas, mandando también a otros a acompañar a los que estaban en las azoteas.
La llegada del Capitán Martín coincidió con la extracción de la casa de las señoritas Hübbe, de dos muchachillos como de 9 a 12 años, del servicio de la señora Cámara, los que, atemorizados, según parece, por la presencia de la policía, se refugiaron allí. Dichos muchachos fueron conducidos a la Estación Central de Policía, ignoramos por qué.
Mientras tanto, el señor Juez García y sus acompañantes continuaron los cateos en la casa núm. 513, de la calle 67, del señor don Alonso B. Duarte; en la número 515, del taller de lavado titulado “Las Tres Naciones”, siendo observados por un gentío inmenso que cada vez era mayor en las boca calles.
Terminado el registro en dichas casas, se encaminó el Juzgado a la del señor Licenciado Cámara y Cámara, ubicada en la misma calle 67, y marcada con el número 535, donde fue recibido por la señora esposa de éste. Dicha dama pidió se le leyese el auto fundado para practicar el cateo o mandamiento escrito de autoridad competente. El Secretario, Licenciado Modesto I. Gamboa, verificó esto y entonces se procedió a la visita domiciliaria. De allí se dirigió el Juzgado a la casa contigua, la del señor don Celestino Ruiz de Hoyo, la que también fue cateada infructuosamente.
Cuando aún no habían terminado el señor Juez y sus acompañantes, se presentó el Subteniente Ignacio Traconis, habló reservadamente con el Capitán Quiñones, y éste y el Juez, señor Coronel García, etc., salieron violentamente y se dirigieron de nuevo a casa de la señora doña Candelaria Cámara, Vda. de Cámara.
Sucedió, según pudo inquirir nuestro repórter, que siguió paso a paso las diligencias, que el Subteniente Traconis, acompañado de dos gendarmes, había devuelto a los pequeños sirvientes de la señora Cámara, que habían sido conducidos a la Central, y los que, según se dijo en público, habían contestado al preguntarles “donde estaba el señor”, “que en la iglesia,” así, vagamente.
A la de la Candelaria, situada, como se sabe, en la misma manzana, se encaminó la autoridad, acompañada de los dos niños. Penetraron todos en el sagrado recinto, y en él se practicó un detenido registro que duró largo tiempo.
Las puertas del tiempo y las de la casa contigua, la número 517 de la calle 67, donde habita el señor Cura párroco, fueron guardados por la policía, la que detuvo el paso a los transeúntes durante la diligencia, en el cruzamiento de las calles 64 y 62.
También se vio en esta diligencia al señor Juan Ferreyro Soler, empelado de la Tesorería General, no faltando durante todas ellas la policía secreta.
A las tres y diez minutos se retiraron el señor Juez García, su Secretario y el Ministro Público, dejándose una guardia de dos gendarmes en el zaguán de la viuda de Cámara y suficiente vigilancia en las esquinas que circundan la manzana y en varias azoteas, según pudo ver el público.
Los curiosos no se retiraban a pesar de la lluvia.
La causa de la orden de detención del señor Licenciado Cámara y Cámara, que al fin no se efectuó, y que dio origen al sensacional procedimiento de ayer, se ignora a punto fijo, pues en este asunto existe la más absoluta reserva; pero se dice con insistencia en público, que tiene relación con el proceso que por el presunto delito de rebelión, motín o sedición -ignoramos cuál de los tres –se sigue a varias personas presas en la Penitenciaría “Juárez”.
Lo real, porque estuvo a la vista de todos, fue que los cateos, dada la hora en que se realizaron y el lugar, el corazón de la capital, produjeron indescriptible sensación pública. Las calles adyacentes se llenaron, como dijimos, de curiosos que trabajadamente eran apartados por la policía, y que, la alarma, según se dice, cundió entre las numerosas distinguidas familias que habitan en la manzana donde se llevaron a cabo los cateos.
Los comentarios que se hicieron y se continúan haciendo, son encontrados, todos acerbos, y muchos de ellos absurdos.
La señora Cámara, viuda de Cámara, a pesar de su avanzada edad, dio pruebas de gran serenidad durante la visita domiciliaria.
La Revista de Mérida, 30 de octubre de 1909, p. 2.
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MÁS PRISIONES
LA DEL LIC. D. ANTONIO GUERRA JUAREZ
Se ha estado calificando en el público de “políticas” las prisiones de personas que han estado tomando parte activa en la campaña electoral sin que, por la gran reserva de los sumarios respectivos se trascienda claramente el delito o delitos que se les imputan. A esta categoría pertenecen las siguientes:
El sábado como a las cuatro de la tarde fueron traídos de la ciudad y puerto de Progreso, y por conducto de la Jefatura Política de esta capital, puestos a disposición del juez segundo del crimen Lic. Joaquín Patrón Villamil, los señores Tomás Casanova, José Ma. Canul, Sérvulo Méndez Cámara, Juan Díaz, Francisco J. Baqueiro, Manuel Damensain, Narciso Palma y Benigno Ek. El señor juez dispuso que ingresen a la Penitenciaría Juárez en calidad de detenidos en tanto se les toma sus instructivas y resuelve si hay o no lugar a que continúen presos. Causa extrañeza que detenidos a quienes casi ni se puede considerar “presuntos delincuentes”, pues esto sólo puede ser después de que declaren, sean internados desde luego en nuestro establecimiento penal. ¿Será que ha aumentado tanto la criminalidad en las últimas semanas que el departamento para detenidos que se sabe hay en esta ciudad, ya no tiene cabida para más? ¿Habrá algún otro motivo?
En la noche del sábado último, poco después de las nueve, el Teniente del cuerpo de Seguridad Pública don Higinio Osorio condujo a la Central de policía, al señor Lic. don Pedro Reguera, vocal de la Junta Directiva del “Centro Electoral Independiente”.
Más tarde también fue detenido por el mismo Teniente, el señor don Ernesto Cárdenas, otro vocal de la misma agrupación política.
Ayer en la mañana y en la estación de Cholul, fue detenido por el agente de la secreta D. Francisco Corrales el Sr. Lic. D. Antonio Guerra Juárez, Secretario del “Centro Electoral Independiente”. Del tren en que llegó a Mérida se dirigió a la casa del Sr. Ingeniero de obras públicas Sr. Medina Ayora. Al poco rato de estar en esta casa, se presentó en busca de él el Capitán Quiñones quien en compañía del Sr. Medina Ayora, condujo en un carruaje de sitio al Sr. Lic. Guerra Juárez a la Estación Central.
A las diez y cuarto de la mañana fueron los tres detenidos, trasladados a la Penitenciaría “Juárez”.
El Sr. Lic. Reguera, fue acompañado por el teniente Oscar Blanco, y un cabo. El señor Cárdenas por el de igual graduación, don Justo Lara y un sargento, y el señor Lic. Guerra Juárez por el Capitán don Braulio Bolio y un cabo.
La Revista de Mérida, 1 de noviembre de 1909, p. 2.
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PRISION SENSACIONAL
AL FIN SE APODERA LA POLICÍA DEL LIC. DON ALFONSO CAMARA Y CAMARA, PRESIDENTE DEL “CENTRO ELECTORAL INDEPENDIENTE”
Ayer hubo de recibir aviso la policía de que el Lic. don Alfonso Cámara y Cámara, cuya casa habitación se cateó no hace mucho y A quien se seguía la pista con toda actividad y perseverancia, estaba en una casa de la calle 64, cercana al arco de San Juan, ente las 69 y la 71, motivo por el cual se reunieron en la Comandancia de Policía los funcionarios y personas que debían necesitarse para la aprehensión, y seguramente para no llamar la atención del público, se dirigieron al lugar indicado de la manera que sigue:
Salieron en un coche que tomó por la calle 62, don Benigno Palma Moreno y don José M. Bolio, los cuales deberían actuar como testigos del Juzgado. En otro carruaje y por la calle 64, se encaminaron el Capitán 1º, Luis G. Quiñones, el Subteniente Herminio Escamilla y el gendarme Florencio Salazar. Tomando la calle 66 y en un tercer carruaje, fue el señor Juez de Instrucción Militar, señor Coronel don José D. García acompañado del Secretario Lic. don Modesto I. Gamboa y del Agente del Ministerio Público, Lic. Enrique Esquivel Rendón.
Se sabe que, de antemano, por una casa contigua a la que ocupaba el Lic. Cámara habían tenido acceso algunos agentes de la reservada, quienes se subieron a las azoteas, imaginando seguramente que el perseguido podría intentar por allí la evasión.
Eran las 2 y 10 minutos p. m. cuando ya todo el personal estaba reunido en el lugar de su destino, pidiéndose enseguida la entrada a la casa. Presentando el mandamiento de detención, los agentes de la policía se dirigieron con toda seguridad a un departamento del interior, como si ya estuviesen perfectamente enterados de los pormenores del edificio. Efectivamente, en el sitio a que se encaminaron fue encontrado el señor Lic. Cámara a quien se le notificó de lo que se trataba y quien incontinenti se dio por preso.
La diligencia, pues, se verificó con positiva celeridad y apenas transcurrieron diez minutos cuando ya el personal del Juzgado había hasta abandonado la casa.
El aprehendido fue conducido en el coche de sitio número 296 a la Comandancia de Policía, en unión de los mencionados Capitán Quiñones y Subteniente Escamilla. Allí también se procedió con brevedad al registro reglamentario y a los pocos momentos pasaron las mismas personas ocupantes del expresado carruaje a la Penitenciaría en la que quedó incomunicado el Lic. Cámara.
Acerca de las fuentes en que la policía tuvo conocimiento del paradero del aprehendido, corren multitud de versiones de las que es fácil que ninguna sea exacta. Unos dicen que una vendedora de billetes; otras que personas de la servidumbre; otros que fue alguien del vecindario quien hizo la denuncia, etc. Como es difícil que los que tomaron parte en la aprehensión esclarezcan el hecho, todas estas habilidades deben tomarse con un grano de sal.
Inútil nos parece agregar que la nueva del suceso se esparció por la ciudad con increíble rapidez, y que por todas partes era motivo de evidente emoción. Por un lado, los cateos de que dimos cuenta no hace mucho habían producido indecible interés; por otro lado existían una idea muy extendida de que con haber pasado el día de las elecciones, se iniciaría un periodo de calma en todos los incidentes que eran considerados como derivados de la lucha política y, para muchos, todo era de esperarse menos que continuaran las aprehensiones.
Los comentarios se multiplican sin cesar y no puede negarse que cierta calma que se acentuó desde el domingo ha quedado como interrumpida, regresando la penosa inquietud en los espíritus. Nosotros no podemos dejar de pensar que en los que tomaron parte en la contienda ha de durar todavía alguna exasperación que naturalmente altera los criterios. Por eso deseamos de todo corazón que pronto la serenidad predomine y, para bien del Estado, tengan fin con satisfacción de todas las innúmeras y perjudiciales asperezas que trajo consigo la época que acaba de terminar.
La Revista de Mérida, 10 de noviembre de 1909, p. 2.
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AUTO DE FORMAL PRISION CONTRA EL LIC. D. ALFONSO CAMARA Y CAMARA, PRESIDENTE DEL “CENTRO ELECTORAL INDEPENDIENTE DEL ESTADO”
¿COHECHO Y REBELIÓN?
¿TRES JUECES PERSIGUEN EL MISMO DELITO?
Ayer circuló rápidamente la noticia de que el señor José D. García, Juez Instructor de procesos militares, que como se sabe dictó la orden de detención y llevó a efecto la aprehensión del señor Lic. don Alfonso Cámara y Cámara en un cateo, le había dictado auto de formal prisión, porque en su concepto existen méritos suficientes para que continúe detenido.
Tal versión de estar ya formalmente preso el Lic. Cámara y Cámara, se ha confirmado completamente, pues de lo contrario hubiera quedado en libertad, dado que ha transcurrido ventajosamente el término constitucional, dentro del que debió haber resuelto el C. Juez García.
Dícese que al Presidente del “Centro Electoral Independiente del Estado”, señor Cámara, se imputa haber cometido el delito de cohecho de individuos de las Compañías Mixtas de Guardia Nacional, imputación que también se hace al señor don Ramón Solís Navarrete, quien como se sabe hace tiempo que está detenido.
Se asegura que la resolución del Juez actuante fue comunicada, para los efectos consiguientes, al Director de la Penitenciaría “Juárez”, lugar en donde se encuentra el inculpado señor Cámara, ocupando una celda del departamento de procesados del ala sur.
Cuéntase en los corrillos que el Juez segundo del Ramo Penal Lic. Joaquín Patrón Villamil, que hace algún tiempo ordenó la detención del señor Lic. Cámara y Cámara por presunciones de que hubiese cometido el [línea ilegible] después de haberle tomado su declaración respectiva.
Y también se dice que el Juez 3º del Ramo Penal, igualmente ha dictado auto de formal prisión contra el ya repetido señor Cámara y Cámara, con motivo de un proceso que sigue contra varias personas, por el pretendido delito de conato de rebelión.
Seguiremos informando.
La Revista de Mérida, 12 de noviembre de 1909, p. 2.
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EL LIC. D. ALONSO CÁMARA SALE DE UNAS INCOMUNICACIONES PARA ENTRAR EN OTRAS
Se tiene como cierto, porque así se ha referido en círculos tenidos como bien informados, que la serie de incomunicaciones que ha estado sufriendo el señor Cámara y Cámara en la Penitenciaria de este Estado, desde que fue aprehendido a principios del mes de noviembre, fue terminada ayer por el Juez de lo Penal, Licenciado Lugo y Ahumada, quien mandó dejar comunicado a dicho procesado; pero que la condición de este no ha mejorado en un ápice porque se le dejó en nueva incomunicación en virtud de nueva disposición del señor Juez Instructor Militar, ante quien también está tramitándose uno de los tantos procesos que se siguen al señor Cámara.
Cada día se hace más inexplicable la prolongación de esta dura providencia, autorizada por la ley por pura necesidad y de un modo muy transitorio, y ahora se extraña más porque fue precisamente el Juzgado militar quien efectuó la detención del expresado señor Cámara y quien ha debido tener más tiempo para practicar diligencias y hacer indagaciones. Sobre que se extraña que el acusado, que es de carácter civil, esté y siga sujeto a la jurisdicción militar.
La Revista de Mérida, 25 de diciembre de 1909, p. 2.
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